El pasado día 17 de abril se aprobó en Consejo de Ministros el Anteproyecto de Ley de Contratos del Sector Público. El objetivo de esta nueva ley es el de incorporar al ordenamiento jurídico español la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014 sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE.

Dicha directiva supone un avance en cuanto a la apuesta decidida por la implantación de medios electrónicos en la contratación pública, estableciéndola como obligatoria en los plazos previstos a nivel comunitario.

Ya ha habido especialistas que han analizado este tema. Desde este blog nos gustaría destacar dos aportaciones que consideramos muy relevantes y que explican de forma muy sintética las principales novedades del texto:

La contratación electrónica en la futura LCSP

Víctor Almonacid, Secretario del Ayuntamiento de Alzira, en el artículo publicado en su blog celebra el texto. Aunque incluye algunas salvedad como la no reducción de los umbrales para la consideración del contrato menor, que en la contratación local los contratos por debajo de estos umbrales representan el 80% del total (el art. 118 del Anteproyecto es igual que el 111 del TRLSCP).

Asimismo hace referencia a la Memoria del Análisis de Impacto Normativo de la nueva LCSP en la que se destaca que “la utilización de las nuevas tecnologías y sistemas electrónicos de comunicación permiten agilizar la gestión de la Contratación pública. De este modo, siguiendo el camino marcado por la Unión Europea y actuando en consonancia con la situación actual en el contexto internacional, se potencia la contratación electrónica con el objetivo de convertirla en la regla general en los procesos de adquisición de bienes y servicios, manteniendo la contratación no electrónica como residual y excepcional”.

En el artículo se tratan otros temas que impacta esta nueva ley como el papel del Estado y los proveedores de servicios de contratación electrónica, el fomento de las PYMEs y emprendedores o las medidas contra la corrupción. Asimismo se desglosan de forma clara los principales artículos de la ley que hacen referencia e impactan en la contratación local.

Leer artículo: https://nosoloaytos.wordpress.com/2015/03/21/la-contratacion-electronica-en-la-futura-lcsp/

Novedades introducidas en el Anteproyecto de LCSP

José María Gimeno Feliu, Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Zaragoza, analiza en la sección de opinión del Observatorio de Contratación Pública los principales cambios que introducirá la nueva ley. Desde una perspectiva muy pragmática el Catedrático enumera en un análisis muy bien estructurado las principales novedades, entre las que destacan:

– Comunicaciones electrónicas en todos los casos.
– Acceso a los pliegos y demás documentación complementaria por medios electrónicos a través del perfil de contratante, acceso que será libre, directo, completo y gratuito, y que deberá poder efectuarse desde la fecha de la publicación del anuncio de licitación o, en su caso, del envío de la invitación a los candidatos seleccionados.
– Extensión regla de medios electrónicos, incluso para ofertas.
– Notificación de la adjudicación por medios electrónicos.